Dar un ME GUSTA en FACEBOOK te puede llevar a la CARCEL

01.12.2016

La Audiencia Provincial de Barcelona, en su Sentencia de 2 de mayo de 2016 condena a un hombre a 9 meses de prision por un delito de quebrantamiento de condena o medida cautelar. Se le impuso la prohibición de aproximarse a menos de 300 metros de cualquier lugar en que se encontrara su ex pareja y de comunicarse con ella por cualquier medio.

Como se recoje en la sentencia:

"dado el funcionamiento de la red social Facebook resulta evidente que el acusado, al acceder al perfil de la denunciante y darle al "me gusta", lo hizo con la intención y pleno conocimiento de que llegaría y sería visto por la denunciante, titular del perfil, por lo que se trata de un mensaje dirigido a la misma, sin que pueda hacer descansar en la denunciante la obligación de bloqueo o eliminación, pues es el acusado quién tiene la obligación legal de no comunicarse con ella y al hacerlo, aún cuando sea mediante un "me gusta", infringió la prohibición de comunicación."

Se trata de una sentencia muy interesante y curiosa, os dejo el enlace a la misma por si os interesa leerla.

https://www.poderjudicial.es/search/doAction?action=contentpdf&databasematch=AN&reference=7810352&links=facebook&optimize=20160914&publicinterface=true 

Joaquín Aguado Agelet

986 841 126 Principal/Fax

629 393 029 Móvil

Trva. Eiriña, 16 1º A - 36004 - Pontevedra

joaquin.aguado.abogado@gmail.com


https://www.paxinasgalegas.es/aguado-agelet-joaquin-149226em.html#eme


 
© 2016 Joaquin Aguado Agelet | Todos los derechos reservados
Creado con Webnode
¡Crea tu página web gratis! Esta página web fue creada con Webnode. Crea tu propia web gratis hoy mismo! Comenzar