Dar un ME GUSTA en FACEBOOK te puede llevar a la CARCEL
La Audiencia Provincial de Barcelona, en su Sentencia de 2 de mayo de 2016 condena a un hombre a 9 meses de prision por un delito de quebrantamiento de condena o medida cautelar. Se le impuso la prohibición de aproximarse a menos de 300 metros de cualquier lugar en que se encontrara su ex pareja y de comunicarse con ella por cualquier medio.
Como se recoje en la sentencia:
"dado el funcionamiento de la red social Facebook resulta evidente que el acusado, al acceder al perfil de la denunciante y darle al "me gusta", lo hizo con la intención y pleno conocimiento de que llegaría y sería visto por la denunciante, titular del perfil, por lo que se trata de un mensaje dirigido a la misma, sin que pueda hacer descansar en la denunciante la obligación de bloqueo o eliminación, pues es el acusado quién tiene la obligación legal de no comunicarse con ella y al hacerlo, aún cuando sea mediante un "me gusta", infringió la prohibición de comunicación."
Se trata de una sentencia muy interesante y curiosa, os dejo el enlace a la misma por si os interesa leerla.
Joaquín Aguado Agelet
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